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¿Hubo delito en la fuga de Flávio Bolsonaro a Estados Unidos? Qué dice un reconocido penalista argentino

La fuga del derrotado candidato presidencial Flávio Bolsonaro se convirtió en una telenovela penal institucional brasileña. “Flávio”, como lo llaman, no solo perdió en un balotaje frente a Lula da Silva, sino que desapareció por varios días. Fue después de visitar a su padre, Jair, preso y condenado por intento de golpe de Estado, y que un policía le informara que debía entregar su pasaporte y no podía salir del país.

Bolsonaro se escapó, en una fuga rocambolesca, con la ayuda del Gobierno argentino y la Administración Trump. Huyó vía Iguazú, con escala técnica en Guayaquil, Ecuador, y aterrizó en un avión Gulfstream en el aeropuerto Opa-locka de Florida.

Las condiciones de su fuga, la participación del presidente Javier Milei y el canciller Pablo Quirno en ella, la función de Santiago Caputo, de la DEA, del Ente Binacional Yacyretá, de la SIDE y si esta colaboración es o no un delito son los grandes interrogantes. Aun cuando Estados Unidos se separa de la fuga y planea un encuentro entre el presidente Lula y Donald Trump, al amparo del G20.

Clarín preguntó al reconocido abogado penalista argentino Fernando Díaz Cantón los alcances y delitos que se cometieron en esta fuga.

-¿Usted cree que la fuga de Bolsonaro a Estados Unidos es un delito?

-Hay que investigar una hipótesis delictiva. No se puede decir ahora, a esta altura del partido, que haya delito. Pero sí podría haber un involucramiento de funcionarios en el ingreso de Bolsonaro a la Argentina y en el posterior egreso a Estados Unidos, el paso por Ecuador.

Fernando Díaz Cantón, abogado penalista. Foto: Gentileza

-Es cuando alguien ayuda, con posterioridad a un delito, a alguien a eludir la investigación o la acción de la autoridad. Que las autoridades argentinas, o el gobierno argentino o personas del gobierno argentino le hayan dado una ayuda, a través de cualquier medio, para que una persona requerida, investigada por las autoridades extranjeras -en este caso brasileñas- eluda la acción de la justicia. Este es uno de los comportamientos que podrían ser punibles, si es que se comprueba todo lo que se dice. Por lo menos las fuentes que yo he consultado.

-Después el incumplimiento de deberes de funcionario público y abuso de autoridad, si ha habido aquí funcionarios públicos que han violado las leyes. Por ejemplo, cuando una persona ingresa a la Argentina, las autoridades migratorias le tienen que preguntar si tiene requerimientos de la justicia extranjera. Si esa persona contestó que no, o no se le preguntó, o esto lo podía saber la autoridad argentina por lo que salía en los medios y no hizo nada, es una violación a la Ley de Migraciones. En el DNU 366/25 se incluyó esta obligación de preguntar, la obligación de responder y, obviamente, la obligación de no dejar ingresar al país a una persona que es requerida por autoridades extranjeras.

-Es un delito que tiene pena de un mes a dos años de prisión. Es un delito menos grave que el anterior. También el tercer delito que yo veo que puede estar involucrado en este tema es lo que se llama malversación de caudales públicos si es que, como se sostiene, hubo el destino de fondos, o autoridades. En una palabra, si se usaron horas y tiempo y servicio de funcionarios públicos para liberar zona, para permitir que la Policía de Seguridad Aeroportuaria escoltara al vehículo de Bolsonaro o que las autoridades migratorias dejaran de hacer lo que tenían que hacer para colaborar, de alguna manera, con este operativo. Ya sea si se gastaron recursos del erario público, que son recursos de todos nosotros, en un destino que nada tiene que ver con los servicios públicos, sino que tiene que ver con ayudar a que una persona extranjera se fugue de su país para ir a otro que nada tiene que ver con los destinos del tesoro y los sueldos que le pagamos a los funcionarios públicos. Esas son las figuras que yo considero. Todo dependerá de la evolución de la investigación, que tiene en sus manos el Juzgado Federal de la doctora Capuchetti. Creo que también en la provincia de Misiones hay una investigación que está archivada. No está completa, pero no está completamente cerrado el tema, a los fines de investigar lo que tiene que ver concretamente con lo que pasó en Misiones.

El avión fue retenido por 24 horas en el Aeropuerto Internacional Cataratas del Iguazú hasta que el ex candidato presidencial brasileño Flávio Bolsonaro logró despegar hacia EE.UU.

-¿El presidente Milei y el canciller Quirno participaron del encubrimiento y el financiamiento de la fuga o no? ¿Esto es un delito cometido por el Estado, como usted estaba explicando?

-Todo esto está sujeto a investigación. Por supuesto que no se descarta la intervención de autoridades, incluso de las más altas esferas del gobierno argentino. Pero por ahora son especulaciones, cosas que se han denunciado. Va a depender mucho del avance de la investigación. Yo creo que la jueza Capuchetti está bien orientada en cómo ha encarado la investigación. Ella ha pedido informes a Cancillería, a Migraciones, al Ministerio de Seguridad, a la Aduana, a Aeropuertos Argentinos, que es la empresa privada que maneja aeropuertos. Ha pedido filmaciones, registros, planes de vuelo. Con todo eso se va a poder reconstruir y, es más, se ha pedido hasta el secuestro del celular del presidente para verificar llamadas entrantes y salientes. Para verificar si ha habido alguna llamada vinculada con este tema. Tengo entendido que la jueza no ha llegado a este punto por el momento. Yo creo que es una investigación que va a unos tiempos distintos a los que uno quisiera y a los tiempos políticos y periodísticos. Pero quizás en un futuro no muy lejano avance a ese nivel también.

Estados Unidos y la DEA

-También hubo otra participación, que es la de Estados Unidos, y la DEA. La policía detuvo a Santiago Caputo en la ruta y a un funcionario, que se presentó como de la DEA ¿Hay injerencia norteamericana en la Triple Frontera? ¿De la DEA? Y ¿A cuenta de qué?

-Esto es lo que se sospecha que ha habido. Esto excede lo mío que es lo jurídico. Pero tiene que ver con la faz política e incluso la esfera política internacional, de alta política o de baja política -como se lo quiera llamar- que tiene que ver con la intervención del gobierno norteamericano en asuntos de otros países. Esto que se sospecha de autoridades -y hay que confirmarlo, obviamente- de la DEA y, eventualmente, el Departamento de Estado, no sé. Habrá que investigarlo. Este operativo, que obviamente estaría fundado en intereses políticos, hay que chequearlo e investigarlo. Todo esto está en manos de los jueces. Hay que ver hasta dónde se llega porque a veces uno se encuentra en este tipo de cuestiones, sobre todo cuando la justicia no tiene la espada para lograr cortar este tipo de enredos. Hay que ver hasta dónde llega el brazo de la justicia para lograr investigar a los responsables de este tipo de comportamientos. Porque es difícil suponer que un funcionario norteamericano va a someterse a la justicia argentina.

-¿Si se acredita la utilización de dinero argentino para pagar el avión, que supuestamente no era un avión sino cuatro, y los vehículos argentinos con patente diplomática, que supuestamente se utilizaron y que eran del ente Yacyretá, y la participación de funcionarios públicos argentinos en la fuga, habría un delito de malversación del uso del dinero público o qué clase de delitos?

-Justamente el fiscal de Misiones lo que hizo fue archivar porque consideró que el ingreso en sí no era un delito. Pero remitió el caso a la Capital Federal, que terminó sorteado el juzgado de Capuchetti, justamente por la malversación… Es lo que se llama peculado de servicios. Por supuesto que, si se llegara a comprobar que se usaron servicios pagados por el Estado en provecho de un tercero, que nada tiene que ver con el servicio público, estaría configurado el delito de malversación de fondos públicos o de servicios públicos que tiene una pena muy elevada. Son de 2 a 10 años de prisión y la inhabilitación absoluta perpetua. Es una de las cuestiones más graves que hay para los delitos de funcionario en el Código Penal argentino.

-Otro punto importante es la injerencia. El artículo 27 de la Constitución impone el deber de la fraternidad entre países. Milei, al no saludar a un socio del Mercosur como Lula, y al ayudar en la fuga de Bolsonaro ¿está violando el artículo 27 o no?

-Realmente no lo sé, no lo sé, honestamente. Sí me parece una cuestión compleja para los intereses de la Argentina, con uno de sus socios principales. Me parece una situación que puede generar consecuencias, que a veces no se miden. Ese y otros comportamientos atribuidos a la máxima autoridad del Estado argentino, que no ayudan en el crecimiento de las relaciones bilaterales, siempre pensando en el bienestar del país. Sin poder decir si eso configura una violación de esa norma en particular.


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