Provinciales

Vigier defendió la nueva ley de honorarios y cuestionó el juicio por jurados en materia civil

José Miguel Vigier realizó un amplio análisis sobre algunos de los principales debates que atraviesan actualmente al ámbito judicial provincial.
En diálogo con La Radio, se refirió a la nueva ley que regula los honorarios profesionales de los abogados, a la implementación del juicio por jurados en materia civil y al proyecto impulsado por el gobernador Leandro Zdero para avanzar en una recomposición salarial de magistrados y determinados funcionarios judiciales.
Durante la entrevista, Vigier destacó especialmente el proceso que derivó en la sanción de la nueva ley de honorarios y remarcó que fue producto de un trabajo conjunto de la abogacía chaqueña durante aproximadamente dos años.

«Nuestros honorarios estaban desactualizados»
Al explicar su posición respecto de la nueva legislación arancelaria, Vigier sostuvo que la iniciativa fue trabajada de manera conjunta por los distintos sectores de la abogacía provincial. «La abogacía chaqueña trabajó dos años por ese proyecto de ley. La verdad que nos unimos todos los colegios de abogados y el Consejo Profesional de Resistencia», explicó.
En ese sentido, señaló que participaron profesionales de distintos puntos de la provincia y que se desarrolló un trabajo conjunto con la Comisión de Legislación General de la Cámara de Diputados. «Muchos colegas dieron su tiempo para perfeccionar nuestro sistema arancelario. Teníamos una ley arancelaria que no se había reformado en 40 años», afirmó.
Para el titular del Consejo Profesional, la actualización era necesaria debido al prolongado período de vigencia del régimen anterior y a las modificaciones que atravesó la economía.
«Nuestros honorarios estaban absolutamente desactualizados», sostuvo, al tiempo que explicó que durante dos años se trabajó junto con legisladores para alcanzar un proyecto consensuado.
Vigier recordó que, luego de la sanción de la norma, surgieron cuestionamientos provenientes de la Asociación de Magistrados, que primero solicitó el veto y posteriormente promovió una acción de inconstitucionalidad ante el Superior Tribunal de Justicia.
Según explicó, esa presentación fue rechazada de plano por una cuestión de legitimación. «Afortunadamente fue desestimada de plano, sin darle trámite, por falta de legitimación», indicó.
El abogado sostuvo que, a su entender, la Asociación de Magistrados no tenía una afectación directa como sujeto de la legislación cuestionada. «La asociación de magistrados no está afectada como sujeto por esa ley», afirmó y agregó que la norma actualmente se encuentra vigente y en aplicación.
En ese marco, defendió el nuevo régimen arancelario y destacó su impacto sobre la profesión. «Me honra decir que viene a dignificar la profesión, que viene a jerarquizarla a través de un reconocimiento, de una actualización de nuestros honorarios», expresó.
No obstante, aclaró que toda legislación puede ser revisada y modificada a partir de la experiencia de su aplicación. «Después lo que sea necesario corregir o revisar, como toda ley que se sanciona, será considerado en el futuro», sostuvo.

Los reparos al juicio por jurados en materia civil
Otro de los puntos centrales de la entrevista fue el debate sobre la aplicación del juicio por jurados en procesos civiles.
En este caso, Vigier aclaró expresamente que se trataba de una posición personal y no de una postura institucional del Consejo Profesional de Abogados. «Voy a aclarar que es una posición personal. No es la posición del Consejo Profesional de la Abogacía porque lo estamos estudiando», precisó.
Desde su perspectiva, el juicio por jurados en materia civil presenta diferencias sustanciales respecto del ámbito penal. Señaló que la Constitución nacional contempla expresamente la institución del juicio por jurados para los procesos criminales, mientras que no existe una previsión equivalente para los procesos civiles.
Vigier recordó, además, que en 2020 el Chaco sancionó una ley que contempla el juicio por jurados en determinados procesos civiles, particularmente aquellos vinculados con responsabilidad extracontractual y procesos colectivos.
Como ejemplo de responsabilidad extracontractual mencionó los siniestros viales, en los que no existe una relación contractual previa entre las partes.
La legislación establece además un parámetro económico para la procedencia de este tipo de procesos, vinculado a un determinado número de salarios mínimos, vitales y móviles.
Sin embargo, Vigier planteó uno de sus principales cuestionamientos respecto de la posibilidad de que un jurado popular deba determinar no solamente la existencia de responsabilidad, sino también el monto de la reparación. «La cuantificación del daño es uno de los temas más complejos y debatidos», sostuvo.
Recordó que el Código Civil y Comercial, sancionado en 2015, promueve incluso la utilización de fórmulas matemáticas para determinar determinados componentes de la reparación. «No le podemos pedir eso a un jurado popular que va a interactuar con la cuestión en dos o tres días», argumentó.
Por ese motivo, manifestó de manera contundente su postura personal: «Mi posición personal es en contra del jurado popular en materia civil».

La oralidad ya está incorporada al proceso civil
Vigier consideró, además, que si el objetivo de la implementación de los jurados civiles fuera fortalecer la oralidad de los procesos, el sistema chaqueño ya cuenta con herramientas para ello.
Recordó que en 2015 se produjo una reforma procesal civil que incorporó la denominada audiencia de vista de causa, instancia en la que buena parte de la prueba se desarrolla oralmente ante el juez. «La oralidad ya está en nuestro sistema procesal», remarcó.
A su entender, incorporar un jurado popular implicaría trasladar la etapa decisoria a un grupo de ciudadanos que debería resolver cuestiones jurídicas y técnicas de considerable complejidad.
Entre ellas mencionó la determinación de la existencia de responsabilidad, la relación de causalidad entre el hecho y el daño y, posteriormente, la cuantificación económica de ese perjuicio.
«No solamente se trata de determinar si hay o no responsabilidad, sino establecer la relación de causalidad y luego también la cuantificación», explicó.

La preocupación por el criterio de «relevancia social»
Otro de los cuestionamientos formulados por Vigier está relacionado con el criterio utilizado para determinar qué casos podrían llegar a ser sometidos a un jurado popular.
Según explicó, uno de los elementos contemplados es la denominada «relevancia social», concepto que consideró demasiado amplio y susceptible de interpretaciones diferentes. «Me parece que eso afecta enormemente la garantía de igualdad ante la ley», afirmó.
El abogado planteó que, si determinados procesos son seleccionados por el Superior Tribunal de Justicia (STJ) en función de un concepto que considera indeterminado, podrían surgir interrogantes respecto de la uniformidad de los criterios utilizados.


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