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Milei envió al Congreso la nueva ley de defensa

El gobierno nacional envió al Congreso el proyecto de ley de defensa de la soberanía nacional, en atención a la disputa por las Islas Malvinas y la explotación de recursos naturales en el Atlántico Sur, que incorpora modificaciones de alcance más amplio sobre el sistema argentino de seguridad y defensa.
El texto propone nuevas sanciones para actividades no autorizadas, un Consejo de Seguridad Nacional, mecanismos de protección de infraestructura crítica, procedimientos para la actuación frente a aeronaves y embarcaciones consideradas hostiles y nuevas disposiciones relacionadas con la influencia extranjera, la inteligencia y el terrorismo.
El proyecto reafirma el reclamo argentino sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur y establece que las actividades destinadas al aprovechamiento de recursos renovables o no renovables en esos territorios, sus espacios marítimos circundantes y la Plataforma Continental Argentina requerirán autorización de las autoridades nacionales.
La propuesta amplía el alcance del régimen actualmente establecido por la Ley 26.659, cuya derogación se contempla, ya que las restricciones dejarían de concentrarse principalmente en las actividades hidrocarburíferas para abarcar también otros recursos naturales, incluida la pesca.

RESPONSABILIDAD EXTENDIDA
La iniciativa extiende, además, la responsabilidad a las distintas actividades que resulten indispensables para una explotación no autorizada.
El alcance comprende operaciones económicas, financieras, logísticas, técnicas o de consultoría esenciales para esos proyectos, además de socios, accionistas, participantes directos y controlantes de las empresas involucradas.
El régimen alcanza tanto a quienes desarrollen directamente la extracción o explotación como a quienes financien, controlen o proporcionen servicios necesarios para esas operaciones.
El esquema sancionatorio administrativo contempla multas equivalentes a entre 4 mil y 500 mil barriles de petróleo, junto con la suspensión o cancelación de habilitaciones y la posibilidad de establecer inhabilitaciones de entre cinco y 20 años.
Las medidas pueden extenderse a la prohibición de desarrollar actividades económicas en la Argentina, la revocación de permisos, el cese de exenciones o facilidades fiscales y previsionales y la rescisión de contratos ejecutados total o parcialmente en el territorio nacional.

BLOQUEO
El proyecto establece también restricciones para que organismos públicos nacionales, provincias, municipios, empresas y personas establecidas en el país contraten con quienes hayan sido incorporados al registro de sancionados.
En materia penal, prevé penas de cinco a siete años para quienes presten conscientemente bienes o servicios indispensables para operaciones no autorizadas, de 12 a 15 años para la prospección o exploración hidrocarburífera sin autorización y de 12 a 20 años para la exploración o explotación de recursos naturales no renovables.
La extracción, el transporte o el almacenamiento de hidrocarburos podrían recibir penas de entre 15 y 20 años.

CONSEJO DE SEGURIDAD NACIONAL
La iniciativa, también propone cambios institucionales, como la creación del Consejo de Seguridad Nacional, concebido como órgano rector de un nuevo Sistema de Seguridad Nacional.
El organismo será presidido por el Presidente de la Nación y tendrá como integrantes permanentes al jefe de Gabinete, los ministros de Relaciones Exteriores, Defensa y Economía, el secretario de Inteligencia de Estado y la secretaria de Legal y Técnica.
El Presidente podrá convocar además a otros funcionarios o especialistas según los asuntos tratados.
El Consejo tendrá a su cargo la elaboración de la Política de Seguridad Nacional y la coordinación de su ejecución.
El proyecto establece que el Ministerio de Defensa deberá presentar una Política de Defensa Nacional, el Ministerio de Economía una Política Económica de Seguridad Nacional, la Cancillería una Política Diplomática de Seguridad Nacional y la Side una Política de Inteligencia Nacional.
Esos documentos deberán ajustarse a los lineamientos definidos por el Consejo.

Cambios impositivos

El proyecto contempla además la posibilidad de incrementar temporalmente los derechos de importación y exportación aplicables al Estado extranjero involucrado, con un límite de hasta el 75%.

Nueva definición de Seguridad y Defensa

El proyecto modifica también la Ley 23.554 de Defensa Nacional y redefine el concepto de Defensa Nacional como la función destinada a proteger la soberanía, la independencia, la integridad territorial, la capacidad de autodeterminación y los intereses nacionales frente a amenazas externas provenientes de actores estatales o no estatales, tanto cinéticas como no cinéticas.
La modificación amplía expresamente los ámbitos considerados dentro de la planificación defensiva.

Uso de la fuerza

La iniciativa incorpora un nuevo régimen para intervenir ante aeronaves irregulares u hostiles.
El procedimiento comienza con la identificación del avión o vector, continúa con su eventual declaración como Tránsito Aéreo Irregular y contempla advertencias y órdenes. Si la conducta persiste y es considerada hostil, el comandante operacional podrá declararlo Tránsito Aéreo Hostil y avanzar hacia las siguientes etapas previstas por el sistema.
La propuesta contempla una demostración de fuerza mediante medios militares y permite incluso el empleo de fuego no dirigido contra la aeronave con finalidad exclusivamente intimidatoria.
Se tratará de una «acción de último recurso» y, para aplicar medidas coercitivas destinadas a impedir la continuidad del vuelo, se requiere una orden expresa e inequívoca del Presidente.
Esa facultad podrá ser delegada en el ministro de Defensa, mientras que el Consejo de Seguridad Nacional deberá asesorar a quien adopte la decisión.


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