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La FIFA evita explicar por qué permitió jugar a Balogun: “La revisión no es ninguna novedad en el fútbol moderno” | Mundial 2026 de Fútbol


Un poco más de dos horas antes de que empezara este lunes el EE UU-Bélgica de octavos de final en el que iba a ser titular el delantero estadounidense Folarin Balogun tras una decisión discrecional de la FIFA, el presidente del Comité Disciplinario que le suspendió el castigo emitió un comunicado que presuntamente explicaba la polémica decisión. Pero en realidad no detallaba las razones por las que había decidido dejar sin efecto el castigo que conllevaba su roja directa en los dieciseisavos: “Dicha suspensión de la ejecución fue decidida teniendo en cuenta todas las circunstancias específicas del incidente y las pruebas disponibles”. Pero sin referencia alguna al peso de las circunstancias específicas ni al de las pruebas disponibles. Toda su argumentación se reduce a una especie de ¿y por qué no?

La decisión de este comité de la FIFA presidido por Mohamed al-Kamali ha levantado una de las mayores polvaredas de la historia de los mundiales después de que Donald Trump alardeara de haber influido en la decisión, y después de que el presidente de la FIFA, Gianni Infantino, reconociera que había recibido una llamada del mandatario estadounidense. En las últimas horas se habían sucedido las declaraciones públicas, pero no se había oído nada procedente del comité. Incluso la federación belga había reclamado explicaciones escritas, pero sin más resultado que un comunicado de la FIFA que decía que no admitían su recurso. Aunque los belgas, rivales de EE UU este lunes en octavos, aseguraron que no habían presentado ningún recurso.

El texto del presidente del comité disciplinario difundido por la FIFA explica que después de los dieciseisavos contra Bosnia habían abierto a Balogun un procedimiento por dos infracciones: por la roja directa y por entrar al terreno de juego para celebrar con sus compañeros de equipo a pesar de haber sido expulsado». El comité encontró a Balogun culpable de ambas infracciones y “le impuso una suspensión de un partido (cuya ejecución quedó suspendida durante un período de prueba de un año) y una multa de 40.000 dólares”.

El escándalo, del que se ha quejado de manera oficial hasta la UEFA, que considera que la FIFA ha traspasado “una línea roja”, procede de lo contenido en el paréntesis: la decisión de dejar la sanción en suspenso. Es decir, permitir al futbolista jugar el siguiente partido pese a que una roja directa supone al menos un encuentro de castigo de manera automática.

Durante horas se esperó a conocer los argumentos jurídicos del comité, pero todo su razonamiento puede resumirse en: ¿Y por qué no iban a hacerlo? “El Comité Disciplinario de la FIFA aplicó posteriormente el artículo 27 del Código Disciplinario de la FIFA, que le otorga la facultad discrecional de suspender la ejecución de cualquier medida disciplinaria”, dice en el quinto de los 13 puntos del texto.

En el apartado 11, aparece el único argumento, que en realidad no tiene que ver con ninguna circunstancia concreta del caso, es decir, no explica la decisión: “Cabe añadir que la aplicación del artículo 27 del Código Disciplinario de la FIFA no constituye un precedente inédito, ya que decisiones similares se adoptaron anteriormente durante las eliminatorias para la Copa Mundial de la FIFA 2026″.

En el 12, parece querer sustentar este único argumento, que es más una excusa: “No existe ninguna disposición en el Código Disciplinario de la FIFA ni en el Reglamento de la Copa Mundial de la FIFA 26™ que prohíba al Comité Disciplinario ejercer la facultad discrecional prevista en el artículo 27 del Código Disciplinario de la FIFA».

Y en el 13, para terminar, más de lo mismo: “La revisión de las consecuencias jurídicas de las tarjetas rojas en el fútbol no es una novedad en el fútbol moderno”.


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