Provinciales

La Corte Suprema limita la política en la selección de los jueces

La Corte Suprema de Justicia propuso una reforma integral del mecanismo de selección de jueces federales y nacionales, con el objetivo de reducir la incidencia de factores políticos en los concursos. La iniciativa fue elevada para su análisis al Consejo de la Magistratura, órgano encargado de llevar adelante estos procesos, y se inscribe en un contexto de reconfiguración interna del propio Consejo, donde se prevé una mayor incidencia del oficialismo.
El proyecto fue suscripto por dos de los tres jueces, número suficiente para decisiones de esta naturaleza conforme a una acordada de los últimos años.
Si bien llama la atención que no haya rubricado el Dr. Rosatti, ello se explica por el hecho de que preside no solo la Corte, sino también el Consejo, que será quien deberá dar el visto bueno.
La iniciativa fue desarrollada durante varios meses por Rosenkrantz y contó con el acompañamiento de Lorenzetti.
La acordada fue remitida al Consejo para su consideración, instancia en la que se requerirán mayorías agravadas para su eventual aprobación. Asimismo, se dispuso su comunicación a las cámaras nacionales y federales de todo el país, así como a los superiores tribunales de justicia provinciales, con el fin de ampliar el conocimiento institucional de la propuesta.
En el ámbito del Consejo de la Magistratura existen actualmente múltiples iniciativas de reforma, que ascienden a aproximadamente catorce propuestas. Con todo, la presentación de la Corte Suprema reviste un peso específico particular, dado su carácter institucional, lo que anticipa que será objeto de un análisis central en el debate.

REDUCCIÓN DE LA DISCRECIONALIDAD
El eje central de la reforma consiste en establecer límites concretos a la discrecionalidad política en la selección de magistrados. Para ello, se propone un rediseño del proceso que desplaza el foco desde instancias subjetivas hacia mecanismos reglados, medibles y verificables.
Uno de los cambios más significativos es la implementación de un banco de preguntas estandarizado, cuya evaluación se realizará mediante sistemas de múltiple opción. Este mecanismo apunta a garantizar uniformidad en la medición de conocimientos y reducir márgenes de interpretación en la corrección.
La entrevista personal, tradicionalmente considerada un espacio de fuerte incidencia política, ve reducido su peso de manera sustancial. Su incidencia en la calificación total queda limitada a un máximo del diez por ciento, lo que restringe su capacidad de modificar el orden de mérito de los postulantes.
El nuevo esquema redefine el centro de gravedad del proceso de selección, que pasa a concentrarse en el diseño de los instrumentos de evaluación, la definición de criterios objetivos y la administración del procedimiento. De este modo, se busca minimizar la intervención directa de los consejeros en instancias decisivas.
La reforma introduce un cambio conceptual hacia un modelo reglado, en contraste con el sistema anterior, donde coexistían el examen de oposición, la valoración de antecedentes y la entrevista personal con un componente significativo de subjetividad. El nuevo enfoque privilegia reglas preestablecidas y procesos automatizados.

NUEVAS HERRAMIENTAS DE EVALUACIÓN
Entre las innovaciones centrales se destaca la instauración de concursos anticipados, que se realizarán con anterioridad a la generación de vacantes. Esta medida tiene como finalidad reducir la influencia del contexto político coyuntural sobre los procesos de selección.
Asimismo, se establece la implementación de un doble examen con anonimato reforzado. La primera instancia será de carácter general, objetiva y con corrección automatizada, funcionando como un filtro técnico inicial para los postulantes.
La segunda etapa tendrá un enfoque práctico y evaluará la capacidad de los candidatos para resolver casos concretos y redactar sentencias, aspectos considerados esenciales para el desempeño de la función judicial. Esta instancia contará con criterios de evaluación previamente definidos.
El sistema incorpora mecanismos tecnológicos que aseguran la trazabilidad del proceso y preservan el anonimato de los concursantes, con el objetivo de evitar interferencias externas y garantizar la imparcialidad en la evaluación.

» La Corte da «otra vuelta de tuerca»

De manera inesperada, el más alto tribunal se puso en el centro del debate con la decisión de impulsar un cambio revolucionario en el proceso de selección, dejando en claro que las cosas no se vinieron haciendo bien en estas casi tres décadas de funcionamiento del Consejo de la Magistratura.
Con ello, la Corte ha vuelto a marcar su preeminencia en el marco institucional. No hace mucho lo hizo con el fallo en el caso Levinas, por el que quedó en claro que las decisiones tomadas en el ámbito de la Capital Federal debían ser revisadas por el Superior Tribunal de la Ciudad de Buenos Aires como instancia previa a una eventual intervención de la Corte, asimilando la Capital al resto de las provincias. Una decisión que levantó polvareda, pero de la cual el alto tribunal no se apartó un ápice.
Ultimamente, con la sanción de la ley de reforma laboral, la Corte fue empoderada de manera clara e inequívoca como el tribunal a partir del cual los criterios jurisprudenciales pasan a ser de cumplimiento obligatorio para las instancias inferiores, so riesgo de ser causal de juicio político por mal desempeño para los jueces que no se encuadren en los principios rectores fijados por el alto tribunal. Una consagración legal que también abrió polémica, pero respecto de la cual no caben recursos de ninguna naturaleza, quedando en claro que le otorga a la Corte, por vía legal, un estatus que no tenía y que había hecho que incluso algunos jueces, en no pocas oportunidades, hayan públicamente desafiado los criterios de la máxima instancia del Poder Judicial.
En los hechos, es habitual que, en el marco de la política, no se haya terminado de entender el rol determinante que tiene la Corte, que está por sobre los otros dos poderes como instancia que juzga la constitucionalidad de las leyes y cuyos fallos son irrecurribles.
En no pocas oportunidades, se han puesto en el debate público iniciativas controversiales, demostrativas de la falta de nivel de muchos sectores de la política, que fueron desde la pretendida ampliación del número de miembros de la Corte hasta la recurrente práctica de apelar al juicio político como forma de coacción a los jueces, cuando no pretender, como en el recordado caso del ministro Carlos Fayt, su renuncia en función de la edad, sin reconocer sus pergaminos ni su trayectoria, que lo ha puesto, junto a Enrique Petracchi y otros, en el peldaño más alto del reconocimiento en el mundo del derecho.
En tiempos en que es necesaria la reformulación del cuerpo de jueces y fiscales, no puede sino ser bien vista esta decisión de la Corte, que apunta a que la Justicia se jerarquice y recupere la posición de prestigio que debiera tener en la consideración social.

Criterios objetivos
y digitalización

La reforma también introduce un sistema de evaluación de antecedentes basado en parámetros objetivos y tabulados. Se ponderarán variables como la formación académica, los promedios universitarios, la experiencia profesional y la trayectoria en el ámbito judicial.
Entre los nuevos indicadores se incorpora el rendimiento académico en la carrera de grado y se fijan pautas específicas para la categoría de especialización, lo que permite una valoración más precisa y homogénea de los antecedentes de los postulantes.
El proceso avanzará hacia una digitalización integral, mediante la creación de un legajo único para cada aspirante, que será auditable y accesible. Asimismo, se introduce una separación entre quienes elaboran los exámenes y quienes los corrigen.

Reconfiguración
del poder

El nuevo modelo implica una reducción significativa de la capacidad de intervención de los consejeros en los concursos, particularmente en lo relativo a las entrevistas y la alteración del orden de mérito. Esta limitación redefine el rol del Consejo de la Magistratura dentro del proceso.
En el sistema anterior, eran frecuentes las quejas de candidatos que, pese a obtener buenos resultados en los exámenes, perdían posiciones en la clasificación final o, en sentido inverso, aspirantes que ascendían en el orden de mérito a partir de decisiones vinculadas a instancias políticas.
La reforma busca corregir estas distorsiones mediante la aplicación de criterios técnicos y verificables, priorizando los resultados derivados de los exámenes y la evaluación de antecedentes por sobre otras consideraciones.


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