Provinciales

La Corte declaró su competencia en la disputa entre Nación y Chaco por subsidios al Hospital 4 de Junio

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La Corte Suprema de Justicia declaró su competencia originaria en una causa iniciada por el Estado Nacional contra la provincia del Chaco por el reintegro de subsidios otorgados al hospital 4 de Junio de la localidad de Presidente Roque Sáenz Peña, y ordenó notificar nuevamente a la provincia de forma correcta.

El conflicto se originó en 2021 cuando el Ministerio de Salud de la Nación promovió una demanda contra su par provincial y el hospital chaqueño para obtener la devolución de fondos entregados en concepto de subsidio, cuya falta de rendición derivó en la caducidad del beneficio.

En un primer momento, el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N°12 se declaró competente y dio curso a la demanda. Sin embargo, la Fiscalía de Estado del Chaco cuestionó esa decisión al sostener que, por tratarse de un conflicto entre el Estado Nacional y una provincia, la causa debía tramitarse directamente ante la Corte Suprema, según lo establece la Constitución Nacional.

Luego de un nuevo dictamen del Ministerio Público, el juzgado federal finalmente se declaró incompetente y remitió el expediente al máximo tribunal. Contra esa resolución, el Estado Nacional interpuso un recurso de reposición con apelación en subsidio.

Tras recibir el caso, según pudo conocer la Agencia Noticias Argentinas, la Corte dio vista a la Procuración General.

El procurador interino, Eduardo Casal, consideró que correspondía la intervención originaria de la Corte. En su dictamen, sostuvo que al presentarse como demandada y alegar su prerrogativa constitucional, la provincia de Chaco dejó en claro su negativa a renunciar a dicha competencia, lo que implicaba una oposición válida a la prórroga de jurisdicción a favor de otro fuero.

“Resulta indiferente la materia sobre la que versa el pleito”, argumentó Casal, y subrayó que, cuando el Estado Nacional demanda a una provincia, el único modo de armonizar las prerrogativas de ambas partes es sustanciar el proceso ante la Corte Suprema, tal como lo establece la doctrina del tribunal.

Los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti coincidieron con esa interpretación y resolvieron tomar el caso, al tiempo que ordenaron notificar debidamente a la provincia del Chaco.

NA


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