La prohibición a los policías de votar en Misiones reaviva la polémica por la candidatura de Amarilla

El Tribunal Electoral de la provincia de Misiones resolvió aplicar con estricta literalidad el artículo 48, inciso 10, de la Constitución provincial y excluyó del padrón electoral a policías, gendarmes, prefectos, soldados y penitenciarios, tanto en actividad como retirados, para los comicios provinciales del próximo 8 de junio. La medida, basada en una norma constitucional sancionada en 1958, implica la supresión del derecho al voto para un universo estimado entre 20.000 y 25.000 efectivos.
La prohibición, que establece que “no podrán votar los soldados pertenecientes a las fuerzas armadas ni los agentes de las fuerzas de seguridad nacionales y provinciales”, fue históricamente justificada por la necesidad de contar con estos efectivos en funciones de seguridad durante la jornada electoral. Sin embargo, desde 2006 esta restricción había sido dejada de lado por una acordada del Superior Tribunal de Justicia de Misiones, que habilitó el voto de estos sectores a través de trámites casi automáticos ante la Justicia Electoral.

Cambio de criterio
Después de casi dos décadas de vigencia, el Tribunal Electoral decidió este año restablecer el criterio constitucional original. Según explicaron desde el organismo, como “órgano natural de aplicación de las normas en el proceso electoral”, no pueden desconocer una disposición de jerarquía constitucional.
La decisión fue formalizada mediante un acta acuerdo y se justificó en el carácter expreso y no sujeto a interpretación del artículo 48, inciso 10. Así, se oficializó la exclusión del padrón de todo el personal de seguridad, incluyendo retirados, al considerar que estos últimos mantienen el estatus de efectivos según la normativa vigente.
Un contexto político sensible
El restablecimiento de la prohibición ocurre en un contexto de alta sensibilidad política, atravesado por la candidatura a diputado provincial de Ramón Amarilla, suboficial retirado de la Policía de Misiones y referente de la protesta policial ocurrida en mayo de 2024. Amarilla se encuentra detenido desde septiembre del mismo año, acusado de sedición y otros delitos vinculados con su rol en aquella movilización.
Pese a estar privado de libertad, el Tribunal Electoral confirmó su postulación como cabeza de lista del partido “Por la Vida y los Valores” y desestimó la impugnación presentada por el fiscal electoral, quien argumentó que la situación procesal del candidato lo inhabilitaba en base a la Ley Orgánica de los Partidos Políticos y la Ley Electoral. La Justicia Electoral concluyó que no existen impedimentos legales para su participación, lo que convierte a Amarilla en el primer postulante en la historia misionera en competir desde la cárcel.
Ramón Amarilla es la conspiración y la sedición. Extrañamente, en Misiones, los que pedían Ficha Limpia al mismo tiempo defendían su postulación.
Está perfecto que se postule.
Detrás de él, en la lista, viene esto. pic.twitter.com/R6KywEnReZ— Ezequiel Bermejo (@EzequielBermejo) May 15, 2025
Una base electoral debilitada
La prohibición de votar a las fuerzas de seguridad impacta de manera directa sobre el electorado natural de Amarilla, compuesto en gran medida por policías y trabajadores de las fuerzas que participaron o simpatizaron con la protesta del año pasado. Desde sectores opositores denunciaron que la aplicación de la norma constitucional en este momento específico equivale a una forma de proscripción encubierta.
“No puede ser casual que justo ahora se retome la letra fría de la Constitución. Esto es una maniobra política para limitar la representación de quienes enfrentaron al poder”, sostuvo un dirigente vinculado al armado político de Amarilla. El exsuboficial, por su parte, ha declarado que su candidatura busca visibilizar el reclamo por mejores condiciones laborales y salariales de los efectivos policiales, y considera que el proceso judicial en su contra es una persecución por motivos políticos.
Desde su celda, mantiene contacto con sus seguidores mediante cartas y mensajes que son difundidos por redes sociales. Su figura ha sido reivindicada por agrupaciones que reclaman mejoras salariales y condiciones laborales para los trabajadores uniformados, en una provincia donde el oficialismo ha concentrado el poder durante casi dos décadas.
🗳️#EleccionesMisiones Walter Ríos (Partido Por la Patria y los Valores) «La candidatura de Ramón Amarilla no es testimonial. Debe ser liberado inmediatamente. Nos definimos como un partido nacionalista, conservador y de derecha».
🔗Entrevista completa… pic.twitter.com/zBWUrT2QNP— Radio News Misiones. 89.5 Posadas//93.7 El Alcázar (@newsmisiones) April 8, 2025
Un oficialismo fortalecido
Mientras tanto, el Frente Renovador de la Concordia, espacio que gobierna Misiones desde hace más de 20 años bajo el liderazgo de Carlos Rovira, llega a la elección con una clara ventaja. Según una encuesta difundida por la consultora Analía Del Franco, el oficialismo supera el 65% de intención de voto, con una tendencia ascendente en las últimas semanas impulsada por una campaña territorial fuerte y el uso del eslogan “Misiones nos importa”.
La oposición aparece fragmentada y sin candidatos de peso. La Libertad Avanza, el Partido Libertario y Unidos por el Futuro (alianza UCR-PRO) apenas superan el 4% en conjunto, mientras que el peronismo misionero decidió no participar, lo que allanó aún más el camino para la continuidad del oficialismo. Se renuevan 20 de las 40 bancas de la Cámara de Representantes y el Frente Renovador pone en juego 12 de ellas.
Polémica constitucional
La aplicación estricta del artículo 48, inciso 10, divide aguas en el escenario político y jurídico. Mientras que para el Tribunal Electoral se trata de una decisión necesaria para cumplir con una norma de máxima jerarquía, para sectores opositores representa una regresión en materia de derechos políticos y una maniobra para neutralizar un electorado disidente.
Lo cierto es que, desde 2006, los policías y demás efectivos venían ejerciendo el sufragio sin obstáculos, mediante un procedimiento formal ante la Justicia Electoral que era autorizado de manera sistemática. El cambio de criterio, sin reforma constitucional ni fallo judicial que anule la acordada vigente, genera interrogantes sobre la oportunidad y motivaciones detrás de la medida.
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